Personas: definición

La persona, etimológicamente derivada del vocablo latino «personare«, que en el contexto teatral antiguo se refería a la máscara que los actores griegos y luego romanos utilizaban para cubrir sus rostros, adquirió posteriormente un significado metafórico en el ámbito del derecho al designar el papel que cada individuo desempeña en la vida jurídica.

La definición de persona ha sido objeto de debate y análisis. En términos generales, se considera persona a aquellos seres capaces de tener derechos y obligaciones, es decir, poseen una doble dimensión activa y pasiva en el ámbito jurídico.

Tradicionalmente, se ha definido a la persona como todo sujeto de derecho, ya que no puede haber derecho sin personas y ninguna norma puede prescindir de un sujeto de derechos. Sin embargo, en la actualidad, existe una distinción técnica y conceptual entre los términos «persona» y «sujeto de derecho». Bajo esta perspectiva, el concepto genérico de «sujeto de derecho» engloba a cuatro categorías de sujetos, siendo las dos primeras de naturaleza individual: el concebido y la persona natural; mientras que las otras dos son de naturaleza colectiva: las organizaciones de personas no inscritas y las organizaciones de personas inscritas, también conocidas como personas jurídicas. A pesar de estas diferencias, en todos los casos se destaca la condición protagonista del ser humano, ya sea de forma individual o colectiva.

Es importante mencionar que en nuestro código civil no se encuentra una definición general de persona, sino que se abordan por separado las personas naturales y las personas jurídicas.

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