Disolución de las personas jurídicas

En esta nueva entrada del blog, se aborda la disolución de personas jurídicas y el proceso que conlleva, esto de manera general por la multiplicidad de normativa especial para cada tipo de persona jurídica. La disolución sigue un procedimiento análogo al de la constitución o reconocimiento de estas entidades legales.

En aquellos sistemas jurídicos que brindan mayor libertad para la constitución de personas morales, encontramos una correspondencia directa con la flexibilidad que se otorga para su disolución. En el contexto de nuestro Derecho positivo, observamos un paralelismo marcado entre el reconocimiento y la disolución. Las corporaciones y fundaciones, por ejemplo, requieren un acto administrativo para su disolución, mientras que las compañías civiles o comerciales deben cumplir solemnidades similares a las establecidas en su proceso de creación.

Existen dos causas fundamentales que pueden llevar a la disolución de corporaciones y fundaciones. En primer lugar, la voluntad propia, donde la entidad toma la decisión de cerrar sus operaciones. En segundo lugar, la voluntad de la autoridad pública que las autorizó, lo que implica una intervención externa que puede llevar al cierre de la entidad.

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